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Carta de Invitación para Extranjeros: un laberinto para hacerte desistir de invitar a nadie

12 de Octubre de 2009

Carta de Invitación

Esto va ligado a mi anterior post, en el que denunciaba cómo, el sábado hizo una semana, la madre de mi novia y una amiga suya, ambas de nacionalidad venezolana, fueron injustamente retenidas en la frontera del aeropuerto de Barajas para ser devueltas al día siguiente a su país.

Para explicar bien lo ocurrido, aún a riesgo de necesitar algún post más para completar el relato, creo necesario comenzar por los antecedentes de ese viaje.

Lejos de cualquier precipitación, la visita de las dos mujeres -invitadas por mi madre, como ya dije- se venía planificando desde hacia meses. Y conocedores de la necesidad de unos requisitos para su ingreso en España -aunque ignorantes de la arbitrariedad con que se decide devolver a los viajeros- nos propusimos desde un principio realizar todos los trámites que fueran necesarios.

La primera intención fue solicitar una Carta de Invitación, pero ahí ya surgieron los primeros contratiempos.

Para empezar -por si alguien que lea esto necesita solicitarla-, los requisitos para tramitar esa carta que aparecen en la web del Ministerio del Interior no se corresponden con los que te piden cuando acudes a la comisaría a informarte para realizar el trámite.

En esa web no se explica, entre otras cosas, que si el vínculo con el invitado es de amistad hay que demostrar ésta documentalmente -con fotos en las que aparezcan juntos invitante e invitado, correspondencia postal o digital, fotocopia del pasaporte del invitante acreditando que se ha visitado el país del invitado, etc.-, adjuntar fotocopia de la totalidad de su pasaporte -para verificar posibles sellos de entrada y salida de España- y aportar una certificación oficial -declaración jurada ante notario, certificado de la policía de su país…- acreditativa de su domicilio en su país de origen.

El primer punto no alcanzo a entenderlo. El tener que mostrar a la policía mi correspondencia personal, con quien fuere, ¿no supone un atentado contra mi intimidad?

En nuestro caso concreto, además, se daba otra paradoja. Yo sí tengo fotos junto a mi suegra, por ejemplo, pero no así mi madre. Ni cartas, mails u otra forma de probar la relación de amistad. El trato entre ambas, aunque ya prolongado, se había limitado a conversaciones telefónicas que a pesar de ser regulares, prácticamente semanales, no servían ahora para demostrar nada por más que la amistad existiera realmente.

Y dado que al invitante se le exige demostrar su residencia -escrituras, contrato de alquiler, etc.-, resulta que la única que podía solicitar la tramitación de esa invitación, según nos comunicaban, era mi madre. De nada sirve que el domicilio, también el mío, conste en mi DNI. El estado español no me deja invitar a nadie hasta que me compre una casa o me vaya a vivir de alquiler.

Por otro lado, la solicitud ha de realizarse en la comisaría más cercana al domicilio del solicitante. Esto significaba en nuestro caso, ya que vivimos en un pueblo, viajar 50 kilómetros por carretera para realizar el trámite. Y todo para encontrarnos -era el mes de agosto- con que el responsable de inmigración en esa comisaría estaba de vacaciones y no regresaba hasta septiembre.

Tras esto, decidimos preguntar en Madrid, donde también tenemos vivienda en propiedad -y en esa hasta consto yo entre los propietarios, como heredero- y donde además, de haber podido entrar en España, teníamos pensado que nuestras invitadas pasaran buena parte de sus vacaciones.

Un nuevo problema. Tanto mi madre como yo estamos empadronados en el pueblo, y parece ser que no basta con tener una vivienda en propiedad en el municipio donde se solicite la invitación. Hay que estar también empadronado en él. La alternativa madrileña tampoco era posible. A no ser que alguno de los dos se volviera a empadronar en Madrid. Lo que mi madre, ya mareada con tanta traba para que dos amigas vinieran a pasar unas vacaciones, llegó a pensar hacer.

De todas formas, pronto nos olvidamos de estos inconvenientes. Según nos dijo un policía, tramitar la invitación para la amiga de mi suegra, con quien sí que no existe una relación de amistad directa, resultaba del todo imposible. No se podía solicitar carta para ella.

La posibilidad de la carta de invitación se cerraba así definitivamente, a la vez que crecía nuestra perplejidad. No es que sea algo tan descabellado que alguien que venga a visitarte, de vacaciones, viaje acompañado por un amigo -una novia o un novio lo son hasta que no haya boda, por poner un ejemplo evidente-, así que resulta del todo incomprensible que no exista un mecanismo legal para poder invitar a tu casa a esa otra persona.

Y al parecer, según he podido saber después, casi hasta tuvimos suerte, porque por lo visto no se piden los mismos requisitos en todas las comisarías y a la que acudimos no debía ser de las peores. Otra incongruencia inexplicable. Porque el que esos requisitos varíen según el índice de población inmigrante de cada distrito -posible razón de esas variaciones que he leído por ahí- a mí no me sirve como explicación válida.

A mí me quedaba la duda -y me queda aún- de que el ser ciudadano español, nacido español, sirva de algo ya en España. Antes de que en 2007 se impusieran estas absurdas leyes -que no por europeas lo son menos- bastaba con certificar ante un notario la intención de acoger a un visitante responsabilizándote de su estancia, incluido el aspecto económico. Nuestra palabra y nuestro compromiso como españoles aún valían algo. Ahora ya no valen nada.

Muy al contrario, parece que se presumiera nuestra culpabilidad como posibles cómplices de la entrada de ilegales en España, debiendo demostrar previamente nuestra inocencia hasta despejar cualquier posibilidad de sospecha. Nos han convertido en ciudadanos “presuntos culpables”.

La impresión que me quedó tras todo esto -totalmente personal y subjetiva- es que quien hizo la ley sólo barajó una de las variantes de la entrada de extranjeros, particularmente latinoamericanos, en España: el que vengan a visitar a otros inmigrantes aquí asentados. Y asociando cualquier intención de visita con la sospecha de que esconda otra pretensión, la de entrar a nuestro país para permanecer después aquí de forma ilegal. Todos presuntamente culpables hasta que se demuestre lo contrario.

No han dejado espacio para el turismo -el de toda la vida- previa invitación de un ciudadano español. O sí, pero obligando a éste a pasar por un proceso de tramitación de requisitos que fácilmente le quite las ganas de invitar a nadie.

A pesar de todo, aún nos quedaba otra vía, la de la factura de hotel. Pero de esto hablaré en el siguiente post.

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